Traspaso de negocio - Portal de Emprendimiento
Traspaso de negocio
El traspaso de un negocio es un acuerdo para la cesión del contrato de arrendamiento de un local o negocio y de los activos comerciales tangibles (mobiliario, productos, etc.) e intangibles (clientes, marca, fondo de comercio, etc.) a cambio de un precio determinado.
¿Quieres traspasar tu negocio?
Si eres titular de un negocio o empresa y ya no quieres seguir con la actividad, lo puedes transmitir, de forma que se evite la pérdida de capital económico y puestos de trabajo. Quizá tu familia pueda seguir con el negocio, aprovechar recursos y modernizar y optimizar un negocio que funciona haciendo algunas adaptaciones.... o reformas completas.
Te contamos los aspectos más importantes a tener en cuenta:
- Antes de transmitir el negocio, en el caso de que tengas el local en alquiler, debes revisar las condiciones del contrato de arrendamiento, para garantizar que se realiza conforme establecen las normas. Los traspasos de negocios en locales en los que se ejerza una actividad empresarial o profesional vienen regulados por el artículo 32 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley 29/94 de 24 noviembre de 2004), que permite ceder el contrato de arrendamiento sin necesidad de contar con el consentimiento del propietario, que eso sí, tiene el derecho a elevar la renta un 20%.
- Difusión: Resulta esencial dar a conocer tu interés en traspasar. Lo puedes hacer mediante un cartel en el propio negocio, así como en portales online especializados. Las Cámaras de Comercio e Industria aragonesas cuenta con una bolsa de traspasos on-line, puesta en marcha con el Gobierno de Aragón. A través de la página web www.traspasosaragon.com, puedes anunciar tu traspaso y darle visibilidad.
- Traspaso de poderes: una vez firmado el acuerdo suele ser habitual que el propietario antiguo y el nuevo coincidan en el negocio durante al menos unas semanas hasta que el nuevo se haga con las riendas del mismo.
- Trámites administrativos: Si traspasas tu negocio y cesas en tu actividad, deberás darte de baja en las diferentes Administraciones.
- Trámites fiscales: Las operaciones de cesión de un negocio como vía de traspaso no están en principio sujetas a IVA ni al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), siempre y cuando se transfiera el negocio en su totalidad. Así como arrendatario/s que cede el negocio, deberás emitir una factura sin IVA por el importe del traspaso a quien traspases el negocio.
Si los bienes del traspaso se venden por separado, sí que están sujetos a IVA, excepto los inmuebles, que están sujetos al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
En cuanto a la renta recibida por el traspaso, su tributación en el IRPF no será como rendimiento del negocio o ventas sino como ganancia patrimonial, que se calculará deduciendo del importe del traspaso el valor de neto de los bienes y derechos entregados.
En el caso de que seas titular de una sociedad, deberá tributar esta ganancia en el impuesto de sociedades.
¿Te interesa quedarte un traspaso?
Una opción para iniciar una actividad es montar tu propia empresa a partir de un negocio traspasado. Un traspaso implica ventajas, ya que al ser un negocio que está en funcionamiento suelen requerir menor inversión, se reducen los trámites administrativos, no hace falta buscar un local comercial, cuentan con una clientela fija y tienen un nombre comercial conocido. Es decir, facilita la posibilidad de emprender sin empezar «desde cero». Además, puedes seguir la actividad igual que te la traspasan o bien puedes diversificar su actividad e incorporar los cambios que consideres que pueden mejorar su productividad.
Las Cámaras de Comercio e Industria aragonesas cuenta con una bolsa de traspasos on-line, puesta en marcha con el Gobierno de Aragón. A través de la página web www.traspasosaragon.com, puedes consultar qué negocios se traspasan y dónde están ubicados, por cuánta cantidad, las características del negocio o quién es la persona de contacto.
Si encuentras un negocio o empresa que se traspasa y te interesa, te contamos los aspectos más importantes a tener en cuenta:
- Lo esencial es tratar de asegurarte de que el negocio funciona bien, solicitando la información económica y financiera a los dueños, realizando un estudio de mercado, conociendo los motivos del traspaso, etc., para minimizar el riesgo al máximo.
- Si el negocio está en un local en alquiler, debes revisar las condiciones del contrato de arrendamiento, para garantizar que se realiza conforme establecen las normas.
Los traspasos de negocios en locales en los que se ejerza una actividad empresarial o profesional vienen regulados por el artículo 32 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley 29/94 de 24 noviembre de 2004), que permite ceder el contrato de arrendamiento sin necesidad de contar con el consentimiento del propietario, que eso sí, tiene el derecho a elevar la renta un 20%. Además, tienes un plazo de un mes para notificar formalmente al propietario el acuerdo de traspaso.
Si el traspaso es en un local propiedad del titular del negocio, se suele proceder a una valoración del negocio en marcha y a la firma de un contrato de arrendamiento. En este caso, al adquirir el traspaso deberás pagar un precio por el negocio y luego una renta mensual por el arrendamiento.
- Trámites administrativos:Tienes que acudir al Ayuntamiento para realizar el traspaso de la licencia de apertura y actividad del local, de manera que constes como nuevo titular de la misma, ya que es necesario renovarla, no basta con la del anterior inquilino.
También deberás depositar la fianza de alquiler ante el Gobierno de Aragón, cuya tramitación puedes realizar de forma telemática en su sede electrónica.
- Trámites fiscales: Las operaciones de cesión de un negocio como vía de traspaso no están en principio sujetas a IVA ni impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP), siempre y cuando se transfiera el negocio en su totalidad.
Si los bienes del traspaso se venden por separado sí que están sujetos a IVA, excepto los inmuebles, que están sujetos al ITP.
Plan de salida
- Traspaso de negocio
- Relevo generacional ¿Y si tu familia sigue con el negocio?
- Cese de la actividad