¿Qué tengo que hacer para contratar a alguien? - Portal de Emprendimiento

Inscripción de la empresa (para las empresas o personas trabajadoras autónomas que contratan por primera vez)

Si vas a contratar a alguien para que te ayude con el desarrollo de tu proyecto, deberás solicitar tu INSCRIPCIÓN como empresario/a, en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Cuándo: antes de la contratación.
Dónde: Tendrás que presentar tu solicitud de inscripción en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social más próxima al domicilio donde tengas tu actividad. Si tienes certificado digital lo puedes tramitar telemáticamente en la sede electrónica de la Seguridad Social, en el apartado «Empresas».

Afiliación de trabajadores (para el caso de que no estén afiliados)

Toda persona que vaya a iniciar una actividad laboral debe solicitar un número de afiliación (NAF). Este número es único y general para todos los Regímenes del Sistema.
Por eso, si la persona que vas a contratar no tiene el número de afiliación, tienes la obligación de solicitarlo.
Cuándo: antes de que la persona empiece a trabajar.
Dónde: Tendrás que presentar la solicitud de afiliación en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de la provincia donde tengas tu actividad. Si tienes certificado digital lo puedes tramitar telemáticamente en la sede electrónica de la Seguridad Social, en el apartado «Empresas».

Alta de las personas trabajadoras en el Régimen de la Seguridad Social

Cuando contratas a alguien, debes comunicar el alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda. El alta implica la relación jurídica con la Seguridad Social, por la que la persona que contrata y la persona trabajadora se comprometen a realizar aportaciones económicas al sistema (obligación de cotizar), lo cual genera derecho a recibir prestaciones (económicas y/o sanitarias) según la situación laboral de la persona trabajadora.
La obligación de cotizar nace desde el comienzo de la prestación del trabajo y no se interrumpe mientras dura la relación laboral.
Cuándo: hasta 60 días naturales anteriores al inicio de la relación laboral.
Dónde: Tendrás que presentar la solicitud de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social de la provincia donde tengas tu actividad. Si tienes certificado digital lo puedes tramitar telemáticamente en la sede electrónica de la Seguridad Social, en el apartado «Empresas».

Alta de los contratos de trabajo

Cada vez que contratas a una persona tienes que legalizar el contrato.
Cuando: en el plazo no superior a los 10 días desde la firma del contrato.
Dónde: este trámite lo gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal. En su sede electrónica, en el apartado de «Empresas» ofrece un servicio para realizar la comunicación de los contratos: Contrat@